Lo de las empresas corruptoras
Me desayuno con Pedro Pedro Pe diciendo no sé qué de una ley para que las empresas corruptoras no puedan contratar con la administración pública. Y me produce tanta ternura lo de las leyes que quedan bonitas. Ya sabéis, esas leyes que cuando se mencionan en los medios quedan genial pero con un alcance absolutamente nulo.
A que queda guay lo de prohibir que la empresa condenada -entiendo que en firme porque si no las indemnizaciones iban a ser de cojones- trinque dinero público en el futuro. No me diréis que no es una gran idea. ¿Por qué no vale absolutamente para nada?
Pues porque la maligna empresa corruptora condenada en firme hará perder a su gestor una mañana creando una nueva empresa que cuelgue societariamente de la primera o con los mismos accionistas si la matriz es “pequeña”; si la maligna empresa corruptora cotiza en bolsa optará por lo primero, si la maligna empresa corruptora tiene por accionistas a Pepe y José optará por lo segundo. Con el mismo efecto. Que no tendrá problema alguno para adjudicarse el siguiente contrato público con la nueva empresa y desviar el dinero de forma completamente legal a posteriori -mediante alquileres de equipos y/o espacios, por ejemplo- a la empresa matriz en el primer caso y por reparto de dividendos a Pepe y José en el segundo. Efecto de la ley, cero. Ninguno. Pero a que queda bonita.
(Y ya ni entro en si el delito de corrupción no lo ha cometido la empresa matriz si no que directamente desde el principio estamos hablando de empresas con dos dedos de frente y que usan para sus cosas chungas a las filiales -como por ejemplo ACS y su filial Leighton Holdings- sin mancharse ellas que entonces ja ja risas totales.)
Legislaciones de estas para la galería hay en todas partes, cualquier país avanzado que se precie tiene un buen montón de ellas. Mi ejemplo favorito ha sido siempre la que prohíbe el lucro en la educación en Chile. No se puede lucrar con la educación pero curiosamente hay hostias por abrir la universidad privada número 300 o el colegio número 1 millón. ¿Por qué? Pues porque no vale para nada. ¿Cómo funciona el asunto en la práctica? Se constituye una sociedad A que no puede tener beneficios porque se dedica a la educación al mismo tiempo que se constituye una sociedad B de gestión inmobiliaria con los mismos accionistas que es la propietaria del terreno -o de los edificios- y la sociedad A paga alquileres disparatados a la sociedad B. Totalmente legal. La sociedad A no se lucra con la educación y la sociedad B reparte los dividendos. Efecto de la ley, cero. Ninguno. Pero a que queda bonito poder decir “en este país está prohibido el lucro con la educación.” Pues eso.
El problema es el sistema capitalista. Y este tipo de legislaciones para quedar bien a nivel país o con tus votantes pues es lo que es. Ponerle puertas al campo y darle una mañana de trabajo extra a los pavos de la gestoría. Nada más.

Bien
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